El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Esto significa que la Reglamentación de la Ley N.º 27.669 ya está vigente, y que ARICCAME ya está en funcionamiento. La Agencia ya podrá comenzar a otorgar permisos, licencias y autorizaciones para la producción, procesamiento, distribución, exportación e importación de cannabis medicinal y cáñamo industrial.
Este trabajo será desarrollado de manera coordinada con otros organismos estatales, como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa); los Institutos Nacionales de Semillas (INASE), Tecnología Agropecuaria (INTA) y Tecnología Industrial (INTI); la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP).